sábado, 18 de julio de 2020

LA DIGNIDAD HUMANA. PRINCIPIO Y FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS

LA DIGNIDAD HUMANA. PRINCIPIO Y FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS

(Base de encuentro entre secularismo y cristianismo)

Marcelo Lorca S. 

Probablemente uno de los elementos más importantes -la impronta- del padre José Kentenich respecto de la importancia de abordar los problemas sociales, radica en el reconocimiento de la profunda dignidad del hombre, especialmente importante después de su propia experiencia como prisionero en Dachau, que lo entronca con los fundamentos de la Doctrina Social de la Iglesia.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos menciona que todas las personas son libres e iguales en derechos; es decir, da reconocimiento a la dignidad humana, plasmada en tratados internacionales, así como en diversas legislaciones. Así lo expresa: Considerando que el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables constituye el fundamento de la libertad, de la justicia y de la paz en el mundo…

Por su parte, el Artículo 1° de la Constitución Política de Chile declara: Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”

La dignidad humana es el derecho que tiene cada uno de ser valorado como sujeto individual y social, en igualdad de circunstancias, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona (https://www.milenio.com/opinion/varios-autores/derechos-humanos/la-dignidad-como-derecho-humano).

Sin embargo, la dignidad como concepto ha sido materia de profundo debate, a propósito de muchos tópicos de la vida humana (vgc, aborto, eutanasia, eugenesia y muchas más). Ello ha privado a la dignidad del trasfondo que la volvía, al mismo tiempo, sagrada e indiscutible. Por eso es que, ya en muchas ocasiones, la Declaración de 1948 o nuestra propia Consitución se constituyen en declaraciones programáticas y no ejecutivas.

Por ello, muchos juristas han puesto en duda la pertinencia operatoria de la noción de “dignidad” en derecho, por tratarse de una noción confusa, incapaz de proveer principios claros, que introduce afectos, pasiones y consideraciones morales o filosóficas.

Sin embargo, a estas alturas ya es un hecho de la causa que La Declaración de los Derechos del Hombre y todos los demás textos que han reconocidos diversos derechos humanos son documentos que, al menos del lado propiamente jurídico, dan derecho a una cierta orientación y protección. Si bien la noción de dignidad no es transparente, adquiere su claridad precisamente porque ella es la apuesta de un combate en contra de la barbarie vivida durante la 2ª Guerra Mundial.

Concedamos que la idea de dignidad puede ser confusa en sus contornos, especialmente considerando razones religiosas, políticas o sociales. Probalemente hay varias razones para esto:

a)    la dignidad y su idea nos llegan a través de las experiencias (las nuestras o las de otro), como pasó con el padre Kentenich.

b)    la dignidad aparece manifiesta cuando ha sido ultrajada, negada o desconocida, de modo que las experiencias (ser ultrajado o herido) parece preceder al sujeto (la dignidad), suscitarlo y revelarlo a sí mismo. Así, fuera de los momentos en que viene a reconquistarse la dignidad, arriesga rápidamente con degenerar en autosatisfacción o en suficiencia.

c)    De este modo, parecerían haber muchas “dignidades”, dependiendo del caso o perosnas afectadas (mujeres, niños, negros, inmigrantes y un largo etc.), sin que sea posible reconocer “la” dignidad como general y única, generándose mecanismos de protección específicos para cada grupo violentado.

La dignidad es más bien reconocida que conocida y no se aclara o no adquiere un rostro sino en las luchas que la humanidad ha dado cuando esta dignidad ha sido pisoteada, las que forzosamente han sido parciales (hace un año por la dignidad de las mujeres, hoy por la dignidad de los afroamericanos). Si no es posible partir de una definición de la dignidad que delinearía todos sus contornos, sintetizaría todos los rostros y ofrecería una base de acuerdo, de una vez por todas, la lucha por el reconocimiento de la dignidad humana siempre será parcial.

De ahí la crucial importancia y el aporte de una visión de la persona humana en términos “totales”, sin distinciones, condiciones o separaciones, para crear un nuevo orden social que respete a todos como verdaderamente iguales y merecedores de respeto y consideración. Un nuevo orden social requiere hoy, más que nunca, una conversación y encuentro entre cristianos y no cristianos (creyentes y no creyentes, fundado en la dignidad de las personas y su protección. Darle contenido, sustancia y normativa a la dignidad, para que sea protegida en toda circunstancia, por encima de consideraciones políticas, sociales, culturales o económicas, es una buena base de encuentro y conversación entre mundos que hoy aparecen como opuestos o enfrentados, aportando la praxis y doctrina de la Iglesia respecto de la cuestión social (doctrina social), para ampliar y reconocer ampliamente la dignidad humana. Nuestra misión es ir a ese encuentro.


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